BENEFICIARIOS:
- Que no hayan sido titulares de una explotación agraria con anterioridad a los 12 meses previos a la solicitud y se instalen por primera vez en una explotación agraria prioritaria como jefe de la misma o mediante titularidad compartida.
- Si el cónyuge o pareja ya está instalado solamente se podrá instalar en caso de constituir una explotación de titularidad compartida o régimen de separación de bienes desde el momento de la unión.
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS
- Tener más de 18 años y no haber cumplido 41
- Contar con capacidad profesional (curso de incorporación o equivalente):
Se otorga un periodo de gracia de 1 año a los que hayan tenido inscrita la explotación por primera vez en el registro desde 1 noviembre de 2014 al 1 de noviembre de 2015.
- Comprometerse a ejercer la actividad agraria y mantener las condiciones hasta el último pago para la instalación
- Comprometerse a instalarse en una explotación que genere 1 uta o alcanzar dicho volumen en un plazo máximo de 2 años, generando una renta entre el 35 y el 120% de la renta de referencia.
- Demostrar que previamente a la convocatoria ha iniciado el proceso de incorporación mediante la capacitación o la inscripción de la explotación.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
- Prima básica 15.000 €
- Contratación adicional de un trabajador a jornada completa durante el periodo de compromisos: 10.000 €
- Totalidad de la producción ecológica .10.000€
- Participación en programas de i+d+i: 5.0000 €
- Zona de montaña: 5.000 €
- aumento de inversión:
De 15.000 a 20.000 € se incrementará en 5.000 €
De 20.000 a 30.000 € se incrementara en 10.000 €
+ De 30.000 y hasta 40.000:19.000 €
+ De 40.000 se incrementara en 25.000 €
INVERSIONES
- Compra de tierras
- Adecuación del capital de explotación: maquinaria, ganado, construcciones
- Gastos notariales y registrales
- Honorarios técnicos
EXCLUSIONES
Compraventa entre miembros de una sociedad conyugal
Adquisición de ganado cuyo destino no sea la reproducción
Las realizadas antes de la formalización de la solicitud
La adquisición de tierras y ganados entre familiares de primer y segundo grado de consanguinidad y primer grado de afinidad.
Los gastos abonados en metálico
Los que se realicen en terreno que no esté en el registro a nombre del solicitante
PAGO DE LAS AYUDAS
Se abonaran en 2 tramos: un 60% en el momento de la certificación de la correcta ejecución de las actuaciones previstas en el año inicial del plan empresarial
2º pago del 40% supeditado a la correcta ejecución del mismo