La Ley 6/2016 que regula las elecciones al campo en Extremadura, establece el derecho de que las Organizaciones Agrarias que se vayan a presentar a las elecciones tienen que proponer un observador tanto en la Comisión Central como en las Juntas Electorales provinciales.
La Comisión Central ha comunicado a La Unión de Extremadura que no va a permitir la figura de Observador en las Juntas electorales hasta que no se publiquen las candidaturas el 23 de febrero. Para cuando esto suceda ya se habrán aprobado las mesas de votación, el Censo definitivo, las candidaturas admitidas, sorteados los miembros de las mesas electorales, en definitiva para el 23 de febrero estará aprobado y resuelto todas las cuestiones previas a la votación.
Cuando la Asamblea de Extremadura aprobó la figura del observador lo hizo para dar garantías y transparencia a unas elecciones que no se realizan desde hace 15 años, desde la Unión de Extremadura nos preguntamos ¿Qué intereses tienen los 5 miembros de la Comisión Central (funcionarios de la Consejería de Agricultura) en no permitir la presencia de observadores en la toma de decisiones tan importantes como la aprobación del censo, las mesas, las candidaturas etc.?
Si cogemos referencias de las últimas elecciones al Campo en Extremadura, los miembros de las Comisión Central tomaban posesión de su puesto a los 10 días de la convocatoria, antes de la toma de las decisiones vitales como las que hemos anunciado.
La Unión de Extremadura ha presentado un escrito de queja ante la Comisión Central por la decisión tomada, solicitando la presencia inmediata de observadores en dicha Comisión, si esto no ocurriese denunciaríamos tal decisión e informaríamos a los partidos políticos con representación en la Asamblea del fraude de Ley, que supone que 5 funcionarios obvien las garantías que permitía la Ley de elecciones de cara a salvaguardar la garantías electorales y la transparencia en la toma de decisiones.