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La Unión Extremadura solicita al Consejero de sanidad una certificación de que el sector agrario está exento del uso de mascarilla en trabajos a la intemperie.

 

 

El viernes 10 de julio se ha publicado en el DOE la Resolución de 10 de julio de salud pública, por el que se hace obligatorio el uso de la mascarilla en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura

 En el punto primero de dicha Resolución, indica que no será exigible el uso de mascarilla “cuando por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible

           En estos momentos se están realizando trabajos en el campo extremeño a más de 40 grados de temperatura y una exigencia de esfuerzo físico importante, por lo que entendemos que esta actividad está incluido en el apartado de las incompatibilidades del uso de la mascarilla en trabajos agrarios a la intemperie.

          No se puede entender que estén exentos del uso de la mascarilla los que realicen deportes y en cambio trabajadores que en estos momentos están recolectando fruta, cargando pacas de paja, regando maíces tomates etc. ganaderos  y pastores que están aguantando temperaturas de 42 grados , se les obligue a poner la mascarilla que les acarrearía la inmediata asfixia.

          Por este motivo, hemos solicitado al Consejero de Sanidad y Servicios Sociales de La Junta de Extremadura a que de manera explícita, para que no haya problemas de interpretación, se emita una indicación de las autoridades sanitarias en la que conste que el trabajo realizado a la intemperie en el sector agrario, está exento del uso de la mascarilla mientras dure el mismo.

          Entendemos que se debe aclarar este punto y no dejar a la interpretación de cualquier inspector de trabajo o fuerzas del orden público. Podemos entender que en un despacho con aire acondicionado se puede hacer obligatorio el uso de la mascarilla, pero no en las actividades descritas.

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